"...si la exigencia de responsabilidad es ilimitada e inflexible para los particulares e inexistente para las entidades financieras y sus gestores, difícilmente se va a conseguir el esfuerzo colectivo que hace falta para salir de la crisis. No hay mayor riesgo sistémico que la pérdida de confianza en el sistema y, a la larga, nada más ineficiente que la injusticia."
Este párrafo corresponde a la parte final de un artículo escrito por Segismundo Álvarez Royo-Villanova (jurista), publicado en El País el 14 de febrero (http://elpais.com/elpais/2012/02/10/opinion/1328902026_204904.html). En él plantea alternativas al desahucio, ya que considera que se trata de un drama que apenas acaba de comenzar y que puede provocar "una quiebra de la paz social".
No soy experta en la materia ni me siento capaz de mejorar lo propuesto por el autor, así que suscribo cada una de las alternativas planteadas por él y que considero son imprescindibles:
1. "Favorecer que se renegocie la deuda, y para ello informar mejor al deudor y evitar la mala práctica bancaria de esperar al impago para buscar soluciones, ya que en ese momento empiezan a correr los elevadísimos intereses de demora."
2. En relación a esto último, "establecer un límite legal a los intereses de demora, que los tribunales han calificado en muchos casos de abusivos y usurarios."
3. "Regular y controlar los procesos de los bancos para que respondan de manera rápida y razonable a las situaciones de dificultad de los particulares", sin esperar a la buena voluntad de los mismos (como ha sugerido en los últimos días el ministro de Economía).
4. "Establecer el derecho de los particulares a solicitar un plazo de hasta 3 años de carencia de capital, que se acumularía al final del préstamo, lo que daría a muchos el tiempo suficiente para recuperar el trabajo o vender la vivienda."
5. "En caso de que un simple aplazamiento de la deuda no sea suficiente, que el deudor otorgue una opción de compra al banco a cambio de una reducción de la deuda o que se quede como arrendatario con opción de compra."
6. "Favorecer la dación en pago del particular."
7. "Evitar que los deudores pierdan, además de su vivienda, su futuro, al quedar con una deuda que no van a poder pagar nunca y que es equivalente a una cadena perpetua económica. Para ello hay que reformar la ley concursal, de manera que el juez, una vez realizado el patrimonio del deudor, y apreciando su buena fe, pueda determinar que no cabe ya reclamar la deuda con cargo a los bienes futuros."
8. Teniendo en cuenta que la ejecución de la hipoteca se lleva a cabo mediante la subasta de la vivienda y que el precio por el que saldrá a subasta figura en el apartado correspondiente al de Procedimientos de ejecución (Tasación) del préstamo hipotecario, "el deudor debe poder pedir al juzgado una nueva tasación durante el procedimiento para que no se adjudique al banco por un valor inferior a la misma, y también se debe permitir que lo venda por ese valor (o más), evitando así la subasta."
9. Por último, y en relación con el tema anterior, "para que en las subastas se pueda obtener un verdadero precio de mercado, hay que dar acceso a las mismas a los particulares. Para ello se tiene que ofrecer una publicidad completa en Internet y permitir a las personas físicas que vayan a destinarla a vivienda habitual subrogarse en parte de la hipoteca que grava la vivienda, sin necesidad de consentimiento del banco."
Considerando las ayudas que la banca, a pesar de su mala praxis durante los últimos años, ha recibido del Estado (y recordemos que el Estado somos todos), el gobierno debería ser más contundente con este tema, ya que la exigencia de responsabilidad debe afectar a todas las partes implicadas.
jueves, 1 de marzo de 2012
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
No hay comentarios:
Publicar un comentario